Si has recibido un despido improcedente, tienes derecho a una indemnización económica cuyo cálculo indemnización por despido improcedente se realiza multiplicando 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Esta fórmula legal está establecida en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores y es aplicable a todos los contratos indefinidos formalizados a partir del 12 de febrero de 2012. A continuación te explicamos paso a paso cómo calcular exactamente la cantidad que te corresponde y qué variables debes tener en cuenta para no cometer errores.
Fórmula legal para calcular la indemnización por despido improcedente
El cálculo se basa en una fórmula sencilla pero que requiere precisión en los datos:
Indemnización = (Salario diario × 33 días) × años trabajados
Con un tope máximo de 24 mensualidades de salario. El salario diario se obtiene dividiendo tu salario bruto anual entre 365 días, incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas.
Qué conceptos salariales se incluyen en el cálculo
Para calcular correctamente tu salario diario debes incluir:
- Salario base mensual
- Complementos salariales fijos (antigüedad, plus de convenio, etc.)
- Pagas extraordinarias prorrateadas (normalmente dos al año)
- Complementos de vencimiento periódico superior al mes (incentivos trimestrales, semestrales)
No se incluyen conceptos extrasalariales como dietas, gastos de transporte o indemnizaciones.
Ejemplo práctico de cálculo paso a paso
Supongamos un trabajador con estas condiciones:
- Salario mensual bruto: 1.800 euros
- Dos pagas extraordinarias de 1.800 euros cada una
- Antigüedad en la empresa: 5 años y 7 meses
Paso 1: Calcular salario anual bruto
(1.800 × 12) + (1.800 × 2) = 25.200 euros anuales
Paso 2: Calcular salario diario
25.200 ÷ 365 = 69,04 euros/día
Paso 3: Calcular días de indemnización
33 días × 5,58 años = 184,14 días (los meses se calculan proporcionalmente)
Paso 4: Indemnización total
69,04 × 184,14 = 12.714,30 euros
Esta cantidad es la indemnización bruta a título orientativo según los datos facilitados.
Particularidades en el cálculo según la fecha del contrato
Contratos anteriores a febrero de 2012
Si tu contrato indefinido es anterior al 12 de febrero de 2012, la indemnización se calcula en dos tramos:
- Periodo hasta el 11/02/2012: 45 días de salario por año trabajado, con tope de 42 mensualidades
- Periodo desde el 12/02/2012: 33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades
Ambos importes se suman para obtener la indemnización total, aplicando el régimen transitorio establecido en la disposición transitoria quinta del Real Decreto-ley 3/2012.
Contratos temporales declarados improcedentes
Para contratos temporales (obra y servicio, eventual por circunstancias de la producción) declarados improcedentes, la indemnización es de 33 días por año trabajado hasta el límite de 24 mensualidades, conforme al artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Errores frecuentes al calcular la indemnización
Los errores más comunes que reducen la indemnización son:
- No incluir las pagas extraordinarias en el salario anual
- Olvidar complementos salariales fijos (plus de nocturnidad, antigüedad, etc.)
- No prorratear correctamente los meses trabajados
- Confundir salario neto con bruto (siempre se calcula sobre el bruto)
- Aplicar incorrectamente el régimen transitorio en contratos pre-2012
Plazos legales para reclamar la indemnización
Dispones de 20 días hábiles desde la fecha del despido para impugnar la decisión empresarial mediante papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). En Hospitalet de Llobregat y área metropolitana de Barcelona, este trámite es previo y obligatorio antes de presentar demanda judicial.
Si no se alcanza acuerdo en conciliación, tienes otros 15 días hábiles para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente.
El incumplimiento de estos plazos puede suponer la prescripción de tu derecho a reclamar.
Calificación judicial: improcedente, procedente o nulo
El juez puede declarar el despido:
- Improcedente: cuando no se acredita la causa alegada o existen defectos de forma. La empresa puede elegir entre readmitirte o abonar la indemnización calculada según los 33 días
- Procedente: cuando se demuestra la causa. No hay derecho a indemnización ni readmisión
- Nulo: por vulneración de derechos fundamentales (discriminación, embarazo, etc.). Readmisión obligatoria con abono de salarios de tramitación
Costes de un abogado laboralista en Hospitalet de Llobregat
Los honorarios de un abogado laboralista en Hospitalet de Llobregat y área metropolitana varían según la complejidad del caso. A título orientativo:
- Consulta inicial: frecuentemente sin coste o entre 50-100 euros
- Representación en procedimiento completo: entre el 15-25% de la cantidad obtenida (éxito), o cuota fija desde 300-600 euros
- Asistencia a conciliación previa: desde 150-300 euros
Muchos despachos en Hospitalet de Llobregat trabajan con cuota de éxito, sin coste inicial si no se obtiene resultado favorable. Es recomendable consultarlo en la primera entrevista.
En procedimientos laborales, cada parte abona sus propios costes procesales salvo temeridad. El trabajador tiene derecho a justicia gratuita si cumple requisitos económicos del artículo 3 de la Ley 1/1996.
Documentación necesaria para calcular tu indemnización
Para realizar un cálculo preciso necesitarás:
- Carta de despido (si la has recibido)
- Contrato de trabajo
- Últimas nóminas (mínimo 3-6 meses)
- Vida laboral actualizada
- Convenio colectivo aplicable
Un abogado laboralista en Hospitalet de Llobregat revisará esta documentación para verificar que el cálculo de la empresa (si te han ofrecido finiquito) sea correcto y no perjudique tus derechos.
Cuándo aceptar el finiquito y cuándo reclamar
La empresa puede reconocer la improcedencia del despido y ofrecerte directamente la indemnización de 33 días. Antes de firmar el finiquito:
- Verifica que el cálculo sea correcto con la fórmula explicada
- Comprueba que se incluyan todos los conceptos salariales
- Asegúrate de que se te abonan vacaciones no disfrutadas
- Consulta con un abogado si tienes dudas; la firma tiene efectos liberatorios
Si el cálculo es incorrecto, la cantidad es inferior a la legal, o no reconocen la improcedencia, deberás iniciar el procedimiento judicial en el plazo de 20 días hábiles.
Preguntas frecuentes sobre el cálculo de indemnización por despido improcedente
¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente en 2024?
Se calcula multiplicando 33 días de salario bruto por cada año trabajado, con un tope máximo de 24 mensualidades. El salario diario se obtiene dividiendo el salario anual bruto (incluyendo pagas extras) entre 365 días.
¿Qué pasa si mi contrato es anterior a 2012?
Se aplica un régimen transitorio: 45 días por año trabajado hasta el 11 de febrero de 2012 (tope 42 mensualidades), y 33 días por año desde el 12 de febrero de 2012 (tope 24 mensualidades). Ambos importes se suman.
¿Se incluyen las pagas extras en el cálculo del salario diario?
Sí, obligatoriamente. Debes sumar al salario anual el importe íntegro de todas las pagas extraordinarias (normalmente dos al año) antes de dividir entre 365 días. No hacerlo reduce incorrectamente tu indemnización.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido improcedente?
Dispones de 20 días hábiles desde la fecha efectiva del despido para presentar papeleta de conciliación ante el SMAC. Este plazo es de caducidad, no de prescripción, por lo que su incumplimiento impide reclamar.
¿Puedo reclamar si ya firmé el finiquito?
Depende del contenido de la firma. Si firmaste conforme ("conforme" o "recibí") sin reservas ni el texto "no conforme", la reclamación posterior es muy difícil. Si pusiste "no conforme" o firmaste con reservas expresas, puedes reclamar dentro del plazo de 20 días hábiles desde el despido.